Page4 of 8 “Contrato aprobado por la Superintendencia de Bancos mediante Oficio No. 2586, de fecha 28 Octubre 2016” PÁRRAFO VI. La garantía otorgada por EL FIADOR SOLIDARIO en virtud del presente Contrato es de carácter continuo y cubrirá todas las obligaciones y deudas de EL DEUDOR frente a EL BANCO en virtud
Responsabilidadsolidaria. Derecho Civil. La responsabilidad solidaria es la posibilidad que tiene un acreedor frente a una pluralidad de deudores de hacer cumplir toda su deuda con uno solo de los deudores. La responsabilidad solidaria permite al prestamista cobrar todo lo prestado a uno de los deudores del grupo de prestatarios. Asípues, la obligación mancomunada es aquella cuyo cumplimiento es exigible a dos o más deudores, o por dos o más acreedores, cada uno en su parte correspondiente. Por tanto, el crédito o la deuda se presumirán divididos en tantas partes como acreedores o deudores haya. Por ejemplo, si debes 2.000 euros a María y Javier, cada uno de